política de acoso

laboral

DEFINICIÓN DE POLÍTICA

La Sociedad Médico Quirúrgica Nuestra Señora de Belén de Fusagasugá S.A.S., dando cumplimiento en lo establecido en la Ley 1010 del 23 de enero del 2006 “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo” y conscientes de la importancia de establecer mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral, ha creado el comité de convivencia laboral con la participación de los funcionarios dando cumplimiento a las resoluciones 652 y 1356 del 2012. El comité brindará las herramientas necesarias para proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan su salud.
Por lo cual la organización, se compromete a prevenir y minimizar las conductas del acoso laboral y a defender el derecho de todos los trabajadores para ser tratados con dignidad en el trabajo.

OBJETIVOS

Brindar a los colaboradores, contratistas y visitantes espacios de convivencia sanos, equitativos que permitan conservar la dignidad y el respeto de los derechos de los colaboradores, a través de estrategias de prevención y sensibilización frente a la problemática del mobbing (acoso laboral) y del bossing (hostigamiento) promoviendo adecuadas condiciones en el ambiente laboral.